Los proveedores que únicamente ofrecen bienes y servicios a través de Internet y la Ley N° 27.266

El 17 de agosto de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la Ley N° 27.266, modificatoria del artículo 38 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

En consecuencia, a partir de la entrada en vigencia de esta norma, los proveedores de bienes o servicios que celebren contratos por adhesión deberán:

  1. publicar en su sitio web un ejemplar del modelo del contrato que utilizan;
  2. entregar, gratuitamente, en sus locales comerciales un ejemplar de dicho contrato antes de la contratación; y
  3. colocar en sus locales carteles visibles que indiquen al consumidor o usuario que se encuentra a disposición un modelo del contrato que utilizan.

Publicado en la Revista Anales de Legislación Argentina N° 33, diciembre de 2016, La Ley.

Texto completo en: https://www.academia.edu/42147666/Los_proveedores_que_%C3%BAnicamente_ofrecen_bienes_y_servicios_a_trav%C3%A9s_de_Internet

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